31/10/2026

Tigaiga (y 4)

Pero de especial trascendencia, entiendo, el informe técnico del Ayuntamiento de Los Realejos relativo al nuevo emplazamiento, al que el Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo prestó conformidad, en el que se considera viable la actuación atendiendo a su carácter provisional, sin perjuicio del cumplimiento de los condicionantes establecidos, principalmente en relación con la ejecución de la línea subterránea de evacuación.

Y ante otras alegaciones de que las parcelas a ocupar se hallan en terreno rústico, la coletilla de la provisionalidad (aun sabiendo que las provisionalidades acaban eternizándose) sirve de asidero para que la Consejería de Transición Ecológica y Energía concluya antes de su propuesta de resolución:

La circunstancia de que las parcelas se encuentren incluidas en el sector SUSNO IND-01 y carezcan actualmente del correspondiente instrumento de desarrollo no determina, por sí sola, la incompatibilidad urbanística de la actuación, habida cuenta de su carácter provisional y de lo informado por el Ayuntamiento de Los Realejos, sin perjuicio de los efectos derivados de la declaración de interés general y del régimen excepcional previsto en el artículo 6 bis de la Ley 11/1997.

Por todo ello, el señor consejero, Mariano Hernández Zapata, subordinado político de Manuel Domínguez (¿tampoco sabía nada?), no tuvo mayor problema para firmar esta Propuesta de Resolución:

Otorgar la autorización administrativa de las instalaciones contempladas en el proyecto denominado “Planta de Generación con Grupos de Emergencia 14,8 MW-Planta Tigaiga”, revisión de enero de 2026, y en la “Adenda Modificación LSAT Planta de Generación con Grupos de Emergencia 14,8 MW-Planta Tigaiga”, revisión de marzo de 2026, en el término municipal de Los Realejos, isla de Tenerife, con n.º de expediente GE25/017, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 del Reglamento por el que se regulan los procedimientos administrativos relativos a la ejecución y puesta en servicio de las instalaciones eléctricas en Canarias, aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, y resto de normativa de aplicación.

Al día siguiente de la publicación en el BOC pudimos leer en el periódico El Día:

Disa recuerda a Los Realejos que fue el propio Ayuntamiento el que propuso la ubicación de la planta de propano que ahora rechaza. La empresa expresa su «perplejidad» por la decisión municipal de recurrir la autorización de una instalación que recibió un informe urbanístico favorable del propio Consistorio.

Dado que, asimismo, este pasado lunes, el ayuntamiento en pleno, unánimemente, ha acordado presentar un recurso e iniciar acciones judiciales contra la decisión de la Consejería, me pregunto qué argumentos pondrán sobre la mesa Adolfo y Noelia (¿disfrutará de aforamiento en ese entonces?) para esta marcha atrás. Les valdrá con el lo siento, me he equivocado y no volverá a ocurrir. Si desde la Gerencia de Urbanismo no se vio en principio inconveniente alguno para el nuevo emplazamiento de la planta, ¿están, acaso, jugando con los concejales de la oposición haciéndoles ver en el pueblo lo contrario de lo que se trama en organismos de rango superior? ¿Se le está tomando el pelo miserablemente a los vecinos afectados con aquello de que estoy contigo pero te apuñalo por la espalda?

Lo escribí días atrás con respecto a la odisea del vado: sobresaliente en fiestas y cuchipandas varias, mas un cero patatero en gestión y eficacia. Con presupuestos elevadísimos, que desembocan siempre en superávits escandalosos, se demanda de esta mayoría absoluta algo más, mucho más. No obstante, todo quedará arreglado y zanjado con unos arrumacos, besuqueos incluidos, y pelillos a la mar. Como el concepto de solidaridad es cosa del pasado, que se fastidien los posibles afectados (presuntos implicados) y cuando se encienda el alumbrado navideño, brindemos efusivamente. Cómo nos (los) queremos.

Espero impaciente ese día en el que las gentes de mi pueblo sean capaces de echar una visual al artículo 20 de nuestra Constitución:  “Se reconoce y protege el derecho a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción. Ejercicio que no puede restringirse mediante ningún tipo de censura”. Ojalá que las RRSS se conviertan en vehículos de concordia y no de insultos, calumnias y bulos, amén de escaparates del bien quedar. 

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