jueves, 26 de agosto de 2010

Zarandea con cuidado


Se habrán fijado en la cabecera del blog que, a manera de subtítulo, hay una frase en movimiento que nos indica que lo que aquí se trata es, llana y simplemente, algo bien simple, cosas menudas, sin valor, o de importancia muy secundaria. Y la palabreja zarandaja fue la que me hizo recapacitar ante la lectura de una información que nos traía la prensa. Era, cuanto menos, curiosa, pero, en manera alguna, a mi modo de entender, algo vano y fútil. Pero como doctores tiene la iglesia y magistrados la judicatura, cada cual, parece, interpreta y maneja el diccionario a su real saber y entender. Me explico (lo intento, al menos):
Zarandear a la esposa no constituye siempre "necesariamente" un delito de malos tratos, según se indica en una sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia que confirma la absolución dictada por un Juzgado de lo Penal de Lorca y desestima el recurso presentado por la denunciante contra la misma. Dice la Sala, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, que el juez de lo penal de Lorca, en su resolución de mayo de 2008, declaró como hechos probados que cuando la mujer se presentó en el domicilio del esposo, del que se encontraba en trámites de separación, para recoger sus enseres personales, se produjeron unos incidentes.
Los mismos, añadía el juez, se originaron cuando el marido le reprochó que también estaba recogiendo cosas suyas, produciéndose entonces un incidente en el transcurso del cual "ambos se zarandearon: uno, para que ella se fuera de la casa, y la otra, para mantenerse en la misma". Según el Juzgado de lo Penal, "no ha quedado acreditado que el acusado, en el transcurso de dicha discusión, agrediera a la denunciante". En la sentencia que desestima el recurso presentado por ésta, la Audiencia Provincial indica que el término "zarandear" es "más equívoco de lo que parece a primera vista, pues según el diccionario de la Real Academia de la Lengua equivale a varios conceptos que no son exactamente lo mismo y que, por tanto, introducen cierta confusión".
Añade el tribunal, del que ha sido ponente el magistrado Augusto Morales, que "estamos ante un término que no representa necesariamente, siempre y en todo caso, una conducta de mal trato de obra, puede que sí y puede que no, porque dependerá de las demás circunstancias que concurran en el caso concreto". Con todos los datos recogidos en el relato de hechos probados, dice la Sala, "no resulta factible, ni lógico, ni equitativo, construir un supuesto de malos tratos de obra contra el cónyuge; no puede decirse que el zarandeo recíproco tenga la suficiente intensidad como para configurar todo un delito, mucho menos si se analizan las demás circunstancias que concurrieron en este caso".
Perdonen la extensión de los tres párrafos precedentes, pero me pareció conveniente el reproducirlos por si no tuvieron acceso a la información. Yo también estimé oportuno irme al diccionario, al que alude la sentencia, el de la RAE. Y esto es lo que me indica del vocablo zarandear:
1. zarandar (acudiendo a este término, hallamos: 1. Limpiar el grano o la uva, pasándola por la zaranda; 2. Colar el dulce con la zaranda; 3. (coloq.) Mover algo con prisa, ligereza y facilidad; 4. (coloq.) Separar de lo común lo especial y más precioso).
2. Agarrar a alguien por los hombros o los brazos moviéndolo con violencia.
3. Ajetrear (a saber: 1. Molestar, mover mucho, cansar con órdenes diversas o imponiendo trabajo excesivo; 2. Fatigarse corporalmente con algún trabajo u ocupación, o yendo y viniendo de una parte a otra).
4. Contonearse (Andalucía, Perú, Cuba y Puerto Rico).
Conclusión: me quedé en treinta y tres. Pero imaginé al ponente haciendo el mismo ejercicio que hacen los alumnos tras la lectura de un texto (buscar en el diccionario los términos que desconoce), para que llegara a emitir el veredicto de que zarandear no es lo que uno creía. Hay maneras diferentes de ‘mover a la parienta’ (permítaseme esta licencia). Debe ser en función de la música que esté sonando en esos instantes, pienso. No zarandeas lo mismo con un vals que con un twist. Por Dios, ni comparancia. Si quieres te lo explico más en versión canaria: cuando te entren ganas de agarrar por los hombros a tu señora, procura que el movimiento iniciado con tal acción lleve el ritmo de una berlina herreña y jamás el de la caringa palmera. Los brincos de esta última te pueden causar daños irreparables.
No entiendo esta justicia, porque salvo la acepción segunda del verbo en cuestión, mucha imaginación tuvo que echarle el señor juez para llegar al resultado de que a la buena señora la zarandearon con sumo cuidado. Ya sabes, cuando vayas a robar no se te ocurra llevarte una piña de plátanos, mángate la finca entera. A mayor volumen, más capacidad de acción para la defensa.

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