“¿Quiere
usted saber, lector amigo, que fue lo primerito que procuré indagar el día que
se me metió en los cascos la idea de hacerme Maestro? Pues se lo diré a usted
en dos palabras: los derechos que iba a obtener.
Las cosas al
revés, ¿verdad? Pues parece lógico que al decidirse por una profesión lo
primero que se debe mirar es las obligaciones que se van a contraer, y en
virtud de ellas las recompensas que se tiene derecho a reclamar. Pero yo no
señor. De los deberes no me acordé en aquellos momentos. Se lo confieso a usted
con toda franqueza. Y me parece que es achaque este muy español. Primero los derechos,
después los deberes.
Luego de
estar en posesión del título de Maestro elemental –díjele a un amigo Maestro–, hacer
oposiciones e ingresar en el escalafón, ¿qué sueldo tengo derecho a percibir?
–Mil
pesetitas –me contestó con aplomo el interrogado.
–¿Y hasta
cuántas más puedo llegar si Dios me da vida? –le añadí.
–¡Ah! –repuso
entusiasmado el amigo –puede Vd. llegar por ascenso hasta cuatro mil pesetas.
–¡Cuatro mil
pesetas! –exclamé en arrebato de alegría.
–Si, señor,
cuatro mil pesetas puede Vd. llegar a ganar si va Vd. mandando Maestros para el
otro barrio hasta dar acceso a la primera categoría, que es la meta del
Magisterio.
Con la misma
franqueza que le indiqué al principio le digo a Vd., lector, que se me hizo la
boca agua y estuve un rato como transportado en un éxtasis de delirio febril, contemplando
cuatro montones de a mil pesetas, constantes y sonantes, ganaditas por mí en un
año de labor escolar. Y tal vez en ese éxtasis hubiera permanecido no sé hasta cuando
si no me hubiera sacado de él un recuerdo ingrato, que ya comienza a echar por
tierra todos mis cálculos: el haber nacido en el año sesenta y seis.
Pero así y
todo, aunque desistiendo –como el pretendiente de doña Leonor– de prolongar mi
carrera hasta llegar a la categoría de cuatro mil pesetas, eché mano a los
libros y púseme a estudiar como un desesperado, fija la atención en mis mil
pesetas de ingreso y en mis ascensos, que a mi me parecía que se habían de
verificar con una rapidez de relámpago.
Excuso
decirle a Vd. que recibí la mar de desengaños durante el curso de mis estudios,
porque a veces trataba de recordar lo que había estudiado el día anterior, y lo
que se me venía a la memoria era la figura del número seis repetido. Y después se
me ponía un martilleo dentro de la caja craneana que no cesaba de repetir: 66,
66...
Pero de
cualquier manera, dando tumbos acá y allá, híceme, más bien dicho, hiciéronme Maestro
elemental este mismo año, que para bien sea. Y aquí me tiene Vd. en perspectiva
de destino y estudiando siempre como un adolescente para ingresar si puedo en
cuanto haya oposiciones. ¡Qué diablo! Todavía puedo trabajar veinte años más si
no me entra antes algún calambre de esos de los que no se repone uno nunca.
Pero ahora
estoy notando unas discusiones y unas cosas que no me hacen maldita gracia, y
supongo que lo mismo les pasará a todos los Maestros chiquitos. Refiérome a la
versión que se está propagando de que los Maestros elementales no podemos pasar
de 1.100 pesetas.
¿Habrase
visto? ¿Quién se lo dijo a los compañeros que tal piensan? ¿En virtud de que
disposición no pueden pasar de mil cien pesetas los Maestros elementales? Y si
existiera, alguna ley que así lo determinase, ¿sería justa esa ley? ¿No habría
entonces que combatirla hasta echarla abajo? ¿No desempeña el Maestro elemental,
en lo que a labor escolar se refiere, las mismas funciones que el Maestro superior?
¿Por qué entonces se está haciendo atmósfera para ver de estancarle en la
ínfima categoría de 1.100 pesetas?
Que el Maestro
elemental no pueda desempeñar Auxiliarías de Normales, Direcciones de graduadas
e Inspecciones de primera enseñanza se explica muy bien, tanto por razones que
no hace falta enumerar como porque alguna ventaja ha de tener el Maestro
superior sobre el elemental; pero pretender reducirlo a los comienzos de la carrera,
ahora que se empiezan a iluminar los horizontes del Magisterio, y máxime habiéndose
cerrado ya la puerta del grado elemental, eso ni tiene explicación ni es legal
hasta hoy ni mucho menos es ni puede ser justo.
Algunos
compañeros de la Península
han escrito en la prensa profesional pidiendo una ley aclaratoria, ¿pero qué
aclaración quieren? ¿No es bastante con que haya Maestros elementales que anden
ya por las categorías de 1.100 para arriba, y con no existir ninguna ley
vigente que explícita ni implícitamente prohíba al Maestro elemental el acceso
a todas las categorías.
Algunos
pretenderán ver en ciertos reales decretos una prohibición implícita de dicho Maestro
a las categorías superiores, pero ello no es más que el fruto de
interpretaciones erróneas. En cuanto al particular se refiere, el Maestro
elemental goza hoy de los mismos derechos que el Maestro superior, y de creer
es que siga en posesión de los mismos, puesto que el Estado no va a ser un Dios
para unos y un diablo para otros”.
Lo firma un
tal Tinguaro (Manuel García Pérez) en Los Naranjeros (Tacoronte) y que
publicado en Eco del Magisterio Canario, periódico de instrucción pública y
órgano de la asociación provincial del magisterio de primera enseñanza (La Laguna, 22-noviembre-1914,
páginas 2 a
4), apareció con idéntico titular al que en este post dejo reseñado.
De este
hombre (también fecundo colaborador periodístico), de José Galán y de Clara
Eugenia Yanes, maestra de Buenavista durante 44 años, habría que publicar algo.
¿A quién le sobra dinero? No, por favor, no te molestes. Gracias.
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